Las entidades del sistema financiero deberán refinanciar los saldos impagos de las tarjetas de crédito
El Banco Central de la República Argentina a través de la Comunicación A6964 resolvió que las entidades del sistema financiero deberán refinanciar en forma automática los saldos impagos de tarjetas de crédito a un año de plazo con 3 meses de gracia, 9 cuotas mensuales, iguales y consecutivas y una tasa nominal anual de 43%.
Los clientes que no paguen el monto total de la tarjeta a la fecha de vencimiento no tendrán que realizar trámite alguno para acceder a este beneficio.
Los saldos refinanciados podrán ser precancelados total o parcialmente en cualquier momento y sin costo –excepto el interés compensatorio devengado hasta la precancelación– cuando el cliente lo requiera.
La circular del BCRA dispuso además una reducción a 43% (hoy establecido en 49 %), con vigencia a partir del 13.4.2020, de la tasa nominal anual por interés compensatorio máxima que las entidades financieras pueden percibir por los saldos financiados en tarjetas de crédito, de tal manera de garantizar que la trayectoria de dicha tasa esté alineada con la tasa de política monetaria.
Fuente: Banco Central de la República Argentina