Pago electrónico: su implementación.
Resolución General 4084-E

De acuerdo a lo dispuesto por la Resolución General 4084-E la Administración Federal de Ingresos Públicos informa que a partir del 01/08/2017 los contribuyentes están obligados a efectuar el pago de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social mediante la transferencia electrónica de fondos. Las opciones para realizar dichos pagos son las siguientes:
- Débito automático, pago telefónico o por “Internet”, con tarjeta de crédito.
- Débito en cuenta, a través de cajeros automáticos.
- Débito directo en cuenta bancaria, previa adhesión al servicio solicitándolo telefónicamente o personalmente en tu banco.
- Pago electrónico, utilizando tarjetas de crédito y/o débito.
- Cualquier otro medio de pago electrónico regulado por el Banco Central.
Abajo te detallamos el cronograma de aplicación:
Infografía: WWW.AFIP.GOV.AR