Pago electrónico: su implementación.

Economía - Impuesto 08 de agosto de 2017 Por Cdra. Silvina Vaccarezza
Resolución General 4084-E
Afip-Pago-Electronico

De acuerdo a lo dispuesto por la Resolución General 4084-E la Administración Federal de Ingresos Públicos informa que a partir del 01/08/2017 los contribuyentes están obligados a efectuar el pago de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social mediante la transferencia electrónica de fondos. Las opciones para realizar dichos pagos son las siguientes:

  • Débito automático, pago telefónico o por “Internet”, con tarjeta de crédito.
  • Débito en cuenta, a través de cajeros automáticos.
  • Débito directo en cuenta bancaria, previa adhesión al servicio solicitándolo telefónicamente o personalmente en tu banco.
  • Pago electrónico, utilizando tarjetas de crédito y/o débito.
  • Cualquier otro medio de pago electrónico regulado por el Banco Central.

Abajo te detallamos el cronograma de aplicación:

Cronograma

Infografía: WWW.AFIP.GOV.AR

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