Responsabilizan a un colegio por violencia de género simbólica contra una alumna

Judiciales 17 de febrero de 2022
Es por no apartar a un profesor que le tocó el busto en clase y por sancionarla ante sus reclamos.
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El Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familia y de Género de 4° Nominación de la ciudad de Córdoba se pronunció favorablemente al reclamo de una alumna que había sido víctima de un hecho de violencia de género dentro de una institución educativa.

La adolescente cursaba el quinto año del nivel medio cuando un docente le tocó un pecho durante una clase en el gabinete de informática.

En compañía de su madre se reunió con la directora y la vicedirectora para denunciar lo ocurrido. Pero lejos de intervenir en apoyo a la víctima y apartar al agresor, no tomaron acción alguna ni investigaron lo sucedido.

En razón de ello presentó una demanda judicial en contra del profesor y el colegio, contando con el patrocinio gratuito de la abogada del niño Claudia Oshiro, integrante de la Defensa Pública del Poder Judicial de Córdoba.

La jueza Mariana Wallace consideró que la adolescente fue víctima de violencia de género de tipo sexual por parte del profesor y a la vez víctima de violencia de género de tipo psicológica y simbólica por parte de la institución escolar por la manera de actuar frente a lo ocurrido.

En su resolución, la magistrada ordenó que el victimario asista obligatoriamente a actividades psico-socio-educativas en el Centro Integral de Varones y remitió el expediente a la Fiscalía de Instrucción de Delitos contra la Integridad Sexual del 2° Turno.

En cuanto al colegio, dispuso que desarrolle un protocolo de intervención temática e instancias de capacitación dado que entendió que la institución estaba obligada a denunciar este tipo de actos.

Wallace en su sentencia, remarcó la extraordinaria determinación y temple de la joven, soportando los embates que las directivas del colegio le dirigieron para disciplinarla. Cosa que no pudieron hacer. Y agregó que por esta noble adolescente, otras adolescentes podrán transitar sus estudios secundarios, sabiendo que ningún profesor puede tomarles del busto y ninguna persona del cuadro directivo puede omitir adoptar todas las medidas para preservarla de semejante atropello.

La resolución finalmente dispuso que, como reparación simbólica, se coloque en el colegio una placa de material perdurable con un texto elaborado por la víctima que sirva como recordatorio de hecho.

Fallo:   https://www.justiciacordoba.gob.ar/JusticiaCordoba/Inicio/fileAdjunto.aspx?id=22257

Fuente: Justicia Córdoba

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