Autorizaciones de viaje al exterior
Para que un menor de 18 años pueda realizar un viaje al exterior, deben cumplirse una serie de requisitos, ya sea que lo vaya a hacer solo, con uno de sus padres o con un tercero.
Los requisitos son los siguientes:
El progenitor o los progenitores que autorice/n, deben tener su DNI vigente, ser mayores de edad y capaces, y, por lo menos, uno de ellos tener domicilio registrado de CABA, en su DNI.
Cuando el menor viaja al exterior solo, deben autorizar ambos progenitores.
Los ciudadanos extranjeros deberán presentar el DNI argentino para extranjeros vigente, documento de identidad de su país de origen o su pasaporte, y certificado de domicilio de la Policía Federal (en el caso de exhibir pasaporte o documento de identidad extranjero). Deberán presentar todos los documentos en original y fotocopias.
Para el caso de que el menor fuera acompañado por un tercero, deberá exhibir Fotocopia del Documento de Identidad de quien/es lo acompañan, bien legibles
DNI vigente que acredite la identidad del menor (original y fotocopia).
En el caso en que uno de los progenitores no se encuentre en el acto de autorización, quien extienda el permiso deberá integrar la autorización del progenitor no presente, sea que este se halle en el interior o en el exterior de la República Argentina.
Partida de nacimiento del menor (original y fotocopia). Si de la partida de nacimiento surge filiación única, la partida de nacimiento debe contar con una expedición no mayor a 30 días.
Si el menor es extranjero, deberá presentar partida de nacimiento legalizada (Apostilla de la Haya). En caso de estar en idioma extranjero, debe ser traducida por traductor público nacional (del idioma que se trate), matriculado en el Colegio Público de CABA, y legalizar su firma.
Si uno de los progenitores falleció, deberá presentarse partida de defunción (original y fotocopia).
Para realizar la reserva, deberás hacerlo con el DNI del menor
(I) Recordá que, desde el 1° de abril de 2017, el DNI Digital es el único documento válido. Las personas mayores de 75 años podrán utilizar la Libreta de Enrolamiento o la Libreta Cívica.
Si vive en la Ciudad de Buenos Aires, estos son los pasos a seguir:
1- Reserva de turno:
Para realizar las autorizaciones urgentes, se debe loguear en Mi BA https://miba.buenosaires.gob.ar/id/login?next=/
Si no tiene un usuario, se deberá generar uno y después se podrá solicitar turno:
a- Autorización de viaje exterior
b–Autorización de viaje exterior-urgente.
2- Abonar la Boleta Única Inteligente (BUI)
a- Autorización de viaje exterior
b– Autorización de viaje exterior-urgente.
3- Realizar la legalización
Una vez obtenida la autorización, deberá ser legalizada en Lavalle 1220 para que tenga validez.
Costos del trámite
Autorización de viaje exterior: $1125
Autorización de viaje exterior urgente: $1775
Medios de pago
· Online: con Tarjetas de Crédito y Débito (Visa, MasterCard, Cabal, Amex o Visa Electrón.
· Presencial: con Tarjetas de Crédito y Débito (Visa, MasterCard, Cabal, Amex o Visa Electrón), en Terminales de Pago (ATM's) dispuestos en las Sedes, o en entidades de pago habilitadas como Banco Ciudad, RapiPago, Pago Fácil o BAPRO, con la Boleta Única Inteligente (BUI) impresa.
Si abonás con pago electrónico (Visa, Mastercard, Cabal, Amex o Visa Electrón) o presencialmente en Banco Ciudad, la acreditación del pago es automática. Si abonas a través de los canales RapiPago, Pago Fácil o BAPRO, el pago se acreditará a las 48 hs de realizado.
Más información
· Para el caso de padres o madres que sean menores de 18 años y que deban autorizar a su hijo menor de edad, la autorización prestada por ellos -estén o no casados-, deberá ser complementada con el asentimiento de cualquiera de sus propios progenitores o, en su caso, con la venia judicial de conformidad.
· Si un menor con filiación única viaja al exterior con el progenitor reconociente, no es necesario tramitar la autorización de viaje; en todo caso, deberá consultar con la empresa, aerolínea o migraciones, si se le pedirá algún requisito particular. En este caso la partida de nacimiento no deberá tener una antigüedad no mayor a seis (6) meses de haber sido expedida.
· El autorizante debe presentarse con el documento que tenga vigente para identificarse, teniendo en cuenta que debe probar su residencia en CABA. El autorizado debe presentar partida de nacimiento original, legalizada y traducida, en su caso, con el documento vigente, independientemente de su país de residencia.
· Los permisos de viaje al exterior de la República Argentina, no importando la edad del menor, se pueden emitir hasta la mayoría de edad, siempre que así los soliciten sus representantes legales, sea tanto para que viaje solo o acompañado.
Fuente: Información publicada en página web Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires