Villa Mascardi: Ordenan la restitución de un predio e imputan por el delito de usurpación a miembros de "Lof Lafken Winkul Mapu"

A solicitud del Ministerio Público Fiscal de Rio Negro, el Juez Martín Arroyo, imputó por el delito de usurpación a cuatro mujeres, integrantes de la "Lof Lafken Winkul Mapu", a raíz de la ocupación de un predio ubicado en Villa Mascardi, ocurrido el 1 de abril de este año, perteneciente al Obispado de San Isidro (la denuncia formal fue realizada el 30 de septiembre pasado).
Según relataron los fiscales Betiana Cendón y Marcos Sosa Lukman, el hecho ocurrió el 1 de abril alrededor de las 18 horas, cuando el cuidador de la "Cabaña Hueche Ruca” sintió que arrojaban piedras. Al salir observó a cuatro personas encapuchadas, portando resorteras y piedras.Estas se identificaron como miembros de la comunidad mapuche y que las tierras les pertenecían. Paso seguido le exigieron que se fuera y lo amenazaron para que no volviera, caso contrario le quemarían la camioneta.
Ya logrado su objetivo, desplegaron una bandera que decía "Territorio mapuche recuperado LOF LAFKEN WINKUL MAPU", y provocaron daños a la construcción y la tala de árboles.
Quienes ocupan actualmente el predio continúan encapuchados y portando armas de fuego.
Según consta en la causa, la Fiscal Cendón efectuó las consultas al CODECI y al INADI acerca de este grupo indígena, respondiendo ambos organismos que no obran registros sobre LOF, por lo que no pudo determinarse quienes lo integran.
En una audiencia que se llevó a cabo, el magistrado tuvo por formulados los cargos por el delito de usurpación a las imputadas presentes, en calidad de coautoras y dispuso asimismo la extensión de la investigación por los próximos cuatro meses.
La representante del MPF detalló que todos los intentos buscados para restituir el predio de manera pacífica, fueron infructuosos y sostuvo que no se puede consolidar una usurpación ilegal efectuada con violencia y sostenida en este momento con violencia.
El Juez al culminar la audiencia hizo referencia a los derechos de las comunidades indígenas, y que en este caso no está en discusión la existencia de los pueblos originarios. Pero aclaró que los derechos legítimos no habilitan las vías ilegitimas. Y eso no tiene nada que ver con la discriminación, agregó.
Por esa razón, hizo lugar al requerimiento de la Fiscalía y dispuso la restitución al Obispado de San Isidro, siguiendo el Protocolo dispuesto por el Ministerio Público contemplando todas las medidas que garanticen la integridad de las personas.
Fuente: Ministerio Público Fiscal de Rio Negro