¿Cuáles son las Cédulas de Identificación obligatorias para circular con un automotor?

Sociedad 02 de febrero de 2019 Por
Son tres las cédulas vigentes emitidas por la DNRPA que deben llevar los conductores
autos

La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), organismo dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, recuerda a los conductores, que son tres las cédulas obligatorias para poder circular legalmente con un vehículo.

La cédula verde, la azul y la provisoria de poseedor, son los únicos documentos reglamentarios para circular.

La Ley Nacional de Tránsito y el Régimen Jurídico Automotor exigen como uno de los requisitos para circular en la vía pública, la portación de una cédula expedida por el Registro Nacional de la Propiedad Automotor.

Cédula Verde: es la Cédula de Identificación del Vehículo. Es el documento que permite acreditar que un vehículo puede circular en la vía pública.

En ella figuran los datos del titular del vehículo, la patente, marca, modelo y números de chasis y motor del vehículo.

cara el titular registral del vehículo esta cédula no tiene vencimiento. Pero si otra persona es la que lo conduce, tiene una vigencia de solo un año.

Cédula Azul: es la cédula de identificación para el autorizado a conducir. El titular del vehículo puede solicitar al Registro del Automotor la expedición de una o varias cédulas de identificación para autorizar a un tercero a conducirlo. do a conducir, conocida como cédula azul, con el fin de poder documentar la autorización a un tercero.

Con esta cédula, la persona autorizada en ella puede circular dentro del país y hasta viajar al exterior. No tiene vencimiento.

Cédula de poseedor: quienes adquieran autos y motos y no cuenten con el formulario 08 firmado para inscribir la trasferencia a su nombre, pueden regularizar su situación y circular en la vía pública mientras dure ese proceso.
A partir de la entrada en vigencia del Plan de  Regularización de Posesión y Titularidad Registral, el 8 de octubre de 2018, el Registro emite una cédula provisoria, denominada cédula de poseedor, que tiene una vigencia de (1) año y solo podrá ser utilizada por el poseedor que hizo el trámite.

 

Fuente: Ministerio de Justicia y DDHH de la Nación

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