Los vecinos podrán controlar a los administradores de consorcios

Sociedad 28 de junio de 2018 Por ALEJANDRO PINTO
La nueva ley aprobada por la Legislatura porteña los obligará a que liquiden las expensas  en una plataforma digital.
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La legislatura porteña transformó en ley el proyecto que permitirá a los vecinos acceder a la documentación e información de la gestión del administrador del consorcio en forma electrónica.  

Los administradores volcarán la información en la plataforma “Consorcio Participativo”, la cual aún no está desarrollada pero cuando lo este, los vecinos podrán utilizarla como medio para pronunciarse a favor o en contra de las medidas que se hayan votado en una asamblea como lo prevé el código civil.  

En lo que va del 2018, los vecinos presentaron más de 500 denuncias debido a la falta de transparencia en la liquidación de gastos por parte de los administradores.  

Facundo Carrillo, el secretario de Atención y Gestión Ciudadana, aseguró que esta ley permitirá resolver la mayoría de las situaciones que los vecinos denuncian a diario, administrar la liquidación de expensas, verificar todos los vencimientos, emitir comunicados a los copropietarios y hasta llevar un sistema de ticket para los reclamos que realicen los vecinos.  
Cada edificio tendrá un portal exclusivo, donde quedará toda la información disponible para cualquier consulta.  

En caso de renuncia, cese o remoción, el administrador estará obligado a poner a disposición del consorcio, dentro de los 15 días hábiles,  la documentación respaldatoria en papel relativa a su administración.

También tendrá que  notificar a los propietarios la existencia de reclamos, sanciones y/o presentaciones judiciales que afecten al consorcio, dentro de las 48 hs hábiles de recibida la comunicación respectiva, según lo estipula la ley.  

En adelante, por toda erogación proveniente del ejercicio indebido y/o infracción a las normas que regulan la actividad, el administrador deberá responder con su patrimonio.  
Asimismo, tendrá que depositar los fondos en una cuenta a nombre del Consorcio de Propietarios y no personal.

El Banco Ciudad garantizará la gratuidad de una cuenta corriente lo que asegurará a los consorcios  que ya tengan cuenta un ahorro de siete mil doscientos pesos al año.  
 
Con respecto a la liquidación de gastos, existe la obligación de indicar en forma diferenciada los importes correspondientes a expensas ordinarias y extraordinarias. Además, deberá garantizar y controlar el cumplimiento de la normativa vigente en relación con la protección y mantenimiento edilicio, promoviendo el cuidado del agua potable conforme ordenamiento vigente.  
 
A quienes ejerzan la actividad se les solicitará acreditar la realización de un curso de administración con una carga horaria de 120 horas, con carácter anual, el mismo les permitirá renovar la matrícula habilitante. Además, los administradores recibirán una capacitación para el manejo de la plataforma. 

La Ley incorporó el derecho de los vecinos a denunciar el incumplimiento de las obligaciones planteadas por la ley 941 ante Defensa al Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires. 

El acceso a la plataforma "Consorcio Participativo" de vecinos será garantizada por el administrador. Conforme a lo establecido por la Ley 5.454 CABA, se garantizará la privacidad y protección de datos de los usuarios, requiriendo solo un mail para el ingreso a la plataforma. 

 Fuente: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
 
  

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