La firma digital no otorga seguridad jurídica
Sr. Director:
No hay dudas que los medios tecnológicos ofrecen celeridad en la información y beneficios en la facilitación de muchas tramitaciones y hasta cierto tipo de seguridad que se puede obtener con la Firma Digital, pero como operador del derecho resulta peligroso e inadmisible otorgarle valor probatorio y eficacia jurídica a esa clase de instrumentos.
Los mejores métodos de encriptamiento, los algoritmos matemáticos más sutiles y cualquier forma de seguridad que tratemos de encontrar, son relativamente fáciles de falsificar o incluso de ser utilizados por personas ajenas al firmante, ajenas a su voluntad, o ignorando las consecuencias e incluso sin tener la capacidad jurídica para firmarlos.
Se pudo ingresar a los sistemas sofisticados del Pentágono Norteamericano, de Bancos Internacionales, de comunicaciones de Torres de Control Aeronáutico… y hay muchos más ejemplos.
Es por ello, que resulta importante avanzar en la simplificación de los trámites administrativos y continuar por esa vía mejorando el servicio público, pero por favor, NO desviemos el rumbo de nuestro sistema Jurídico controlado, autorizado, fiscalizado y registrado por los Abogados y Notarios de todo el país y aceptado unánimemente por la Justicia.- NO HAY NECESIDAD DE CAMBIAR LO QUE FUNCIONA BIEN.-.
Si hubiera que verificar la autenticidad de alguna firma o documento que puede ser vulnerado tecnológicamente, resultaría más oneroso (se necesitaran peritos y programas especializados), más lento y sobre todo más inseguro, logrando en consecuencia el efecto contrario al deseado. En definitiva: la firma digital no otorga seguridad jurídica.
Espero que lo analicen los comunicadores, los formadores de opinión y en especial las autoridades.-
Arnaldo Dárdano
Escribano
DNI 6.151.359