Cinco años de prisión para dos delincuentes que amedrentaron a un transeúnte con dos canes con fines de robo

Judiciales 28 de mayo de 2020
Los malvivientes habían amenazado al joven con soltarle dos perros de raza Dogo Argentino y Rottweiller si no les entregaba todas sus pertenencias
canes

La Cámara en lo Criminal y Correccional de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba condenó a dos hombres por considerarlos coautores penalmente responsables del delito de robo calificado por uso de "arma impropia" y les impuso la pena de cinco años de prisión.

 El hecho por el que fueron condenados ocurrió en abril de 2018 cuando en la intersección de las calles Yadarola y República de Siria, del barrio General Bustos de la capital cordobesa, cuando los dos delincuentes circulaban con dos perros de gran porte: un macho de raza Dogo Argentino y una hembra Rottweiler.  Allí se toparon con un joven que se desplazaba a pie y le exigieron que entregara todas sus pertenencias caso contrario “le soltarían los perros”.

Ante semejante amenaza, el damnificado procedió a entregarles la mochila, un celular, una billetera, un par de zapatillas y otras pertenencias más. 
La víctima volvió a ser amenazada al manifestarle “salí corriendo porque te largamos a los perros”, cosa que efectivamente hizo ante el temor de ser atacado por los canes.

En la sentencia, la camarista Inés Lucero explicó que el término “arma impropia”  se refiere a todo objeto que, circunstancialmente, aumente el poder ofensivo del hombre debido a su efectivo empleo como medio violento.  Es decir, explica la magistrada, “el arma toma su carácter de tal, no tanto por la materia, sino por la forma y el uso a la cual se destina, siendo necesario además que el instrumento tenga una real aptitud ofensiva”, expresó la magistrada.

Según se destaca en la resolución, un informe de la Sección de Veterinaria Legal de la Policía Judicial  asegura que los animales que fueron utilizados en este hecho reúnen las características de perros peligros y ambos tienen una contextura física y una fuerza mandibular con capacidad de causar lesiones e incluso la muerte a personas u otros animales.

La defensa de los imputados negó la condición de “armas impropias” por considerar que los perros son seres vivos, con instintos propios y que para que se de tal condición debería existir un dominio total y absoluto del sujeto activo para manejarla y manipularla.

Contrariamente a lo que planteó la defensa, el tribunal afirmó: “Ambos perros fueron utilizados para acometer intencionalmente contra el damnificado y lograr sus fines furtivos e, incluso, asegurarse de sus resultados; puesto que si la víctima no corría luego de consumar el hecho, los autores amenazaron con ‘largarle los perros’, lo cual demuestra que ambos acusados tenían al momento del hecho la posesión y, por ende, el pleno control de ambos canes. Por tal motivo, excluyó que lo ocurrido haya obedecido a un ‘comportamiento natural’ o a las reacciones instintivas de los animales”.

Fuente: Poder Judicial de la provincia de Córdoba
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