Extienden los plazos de las garantías de productos y servicios hasta el final de la cuarentena

Noticias de Interes 26 de agosto de 2020
La decisión fue tomada por la Secretaría de Comercio Interior en virtud que los consumidores se vieron imposibilitados de ejercer sus derechos en ese período.
DCyC

A partir de la resolución 244/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial, la Secretaría de Comercio Interior extendió los plazos previstos en las garantías “contractuales y legales” de productos y servicios. La medida será hasta que finalice el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO). 

La decisión tomada por la Secretaría de Comercio Interior, que depende del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, es en virtud de que los consumidores se vieron imposibilitados de ejercer sus derechos en ese período, dada la situación epidemiológica.

En este sentido, cabe destacar que el artículo 16 de la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240) contempla que el tiempo durante el cual el consumidor se encuentra privado de hacer uso de la garantía del bien o servicio que adquirió, debe computarse como prolongación del plazo de garantía legal. 

Por ello, como establece la Resolución, los proveedores de bienes y servicios deberán informar de manera cierta, clara y detallada la suspensión de plazos de las garantías. En el supuesto de que posean sitios web o aplicaciones para dispositivos móviles, esta información deberá estar de modo visible en la página o pantalla de inicio, respectivamente. Asimismo, deberán informar dicha suspensión a las y los consumidores en el paso inmediatamente anterior al pago.

RESOLUCIÓN 244/2020

Fuente: Ministerio de Desarrollo Productivo

 

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