La intervención del Defensor del Pueblo de la Nación posibilita cirugía de reconversión de género

Sociedad 24 de octubre de 2017 Por Agustín Herrera
Se trata de una operación contemplada en la Ley Nº 26743 de Identidad de Género, por la cual IOMA se negaba a cubrirle a un hombre trans.
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El interesado -por intermedio de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT)-, solicitó se intervenga ante la negativa de IOMA a otorgar la cobertura de una cirugía de reasignación de sexo, conforme lo establece la Ley Nacional Nº 26.743 de Identidad de Género.

La Defensoría dictó un exhorto para que la misma fuera otorgada, mediante la Resolución DP Nº 28/16 y, en consecuencia, se autorizó la cobertura al 100%. Así, la intervención del Defensor del Pueblo de la Nación, dio lugar al reclamo, garantizando el derecho de la reclamante a decidir, desarrollar y expresar libremente su identidad de género de acuerdo con su propia autopercepción.

La Institución, cuenta con un área, en la cual se reciben y tramitan de forma específica, reclamos del colectivo de lesbianas, gays, bisexuales y trans (LGBT) de todo el país. Las denuncias pueden realizarse personalmente o por correo a Suipacha 365, a través de una nota explicando lo acontecido.

¿Pero qué es lo que contempla La Ley Nº 26.743? contempla que se garantice a toda persona el reconocimiento de su identidad de género autopercibida y el acceso a la salud integral de acuerdo con su expresión de género, sin someterla a ningún diagnóstico y/o peritaje médico, psicológico y/o psiquiátrico. Tampoco la obliga a cumplir con requisitos que son incompatibles con los derechos humanos, ni judicializar el reconocimiento legal de la propia identidad, a diferencia de lo que ocurre en legislaciones de otros países. A su vez, todas las prestaciones de salud contempladas en la ley quedan incluidas en el Programa Médico Obligatorio (PMO).

Fuente: Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires

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