Declaran la incapacidad de un joven y le designan curadores definitivos
El Juzgado de 1ra Instancia de Personas y Familia de 1° Nominación a cargo de la Dra. Inés Villa Nougués, declaró la incapacidad de un joven que tenía diagnóstico de encefalopatía crónica no evolutiva, epilepsia y cuadriplejia espástica con un grado de discapacidad del 100 %, y designó como sus curadores definitivos a su madre y hermana.
La decisión fue adoptada a partir de la presentación efectuada por la Defensoría Oficial Civil N°4 de Salta, a cargo de la Dra. Natalia Buira, Secretaría Letrada de la Dra. Mariela Jiménez.
Según sostuvo la defensora entre sus fundamentos, ante el caso de este joven y su enfermedad, resultaba más beneficioso la aplicación de la curatela como excepción a las reglas que imperan en materia de Discapacidad y Derechos Humanos.
En un tramo de la sentencia se expresa “ …Que la Restricción de Capacidad de las Personas se rige por las normas de la sección Tercera, art. 31 y sgtes. Del Código de Fondo. En este marco se puede restringir la capacidad para determinados actos de toda aquella persona que uno u otro sexo que haya cumplido trece años de edad (art. 32 CCyC) y padece una adicción o una alteración mental permanente o prolongada, de suficiente gravedad, siempre que estime que del ejercicio de su plena capacidad puede resultar un daño a su persona o a sus bienes. Por otro lado el art. 32 último apartado reza: “Por excepción cuando la persona se encuentre absolutamente imposibilitada de interaccionar con su entorno y expresar su voluntad por cualquier modo, formato o medio adecuado, y el sistema de apoyos resulte ineficaz , el juez puede declarar la incapacidad y designar un curador.”
De esta forma el joven dejó de tener la representación de un Curador Oficial para quedar al cuidado de su madre y hermana, ahora curadoras definitivas.
Fuente/ foto: publicadas en el sitio oficial del Ministerio Público de la Defensa de la provincia de Salta