Sobreseen a un médico por “duda insuperable” 

Judiciales 31 de marzo de 2022
El profesional había sido acusado por el delito de propagación culposa de Covid-19 durante la pandemia.
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El Juzgado de Control y Faltas N° 8 de la ciudad de Córdoba, a cargo del juez Carlos Romero, resolvió sobreseer a un médico quien había sido acusado durante la pandemia de propagación culposa de enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas.

El hecho por el que fue imputado sucedió en abril de 2020 en una residencia para personas mayores ubicada en la localidad provincial de Saldán. 

Al día siguiente de haber estado en ese lugar, varias personas que estuvieron en contacto con él dieron positivo.

Lo que se le reprochaba es que desarrolló su labor médica con el conocimiento que podía ser portador de Covid-19. 

El juez Romero al fundamentar su fallo, entendió que no se daban las circunstancias en la causa penal para considerarlo responsable de los casos ocurridos en la residencia. Remarcando que en la fase inicial de la pandemia, se entendía como “caso sospechoso” a aquellas personas que presentaban fiebre, tos, dolor de garganta o dificultad respiratoria, o que hubiesen estado en contacto con casos confirmados o probables de la enfermedad, o viajado a zonas afectadas. Todo ello, según el magistrado fue descartado.

Tampoco consideró que la conducta del profesional  “haya propagado la enfermedad”. Según indicó, la pericia oficial determinó que era “altamente improbable” que el médico haya contagiado a las personas que dieron positivo al día siguiente de haber tenido contacto con él, dado que el período de incubación en pacientes sintomáticos para el 97,5% de los infectados era de 11,5 días.

De lo indicado se desprende que el foco del contagio provino de otra persona que estaba en el lugar, y que el propio médico pudo haberse contagiado allí mismo.

La sentencia considera que las pruebas colectadas no permiten el aporte de datos que prueben la tipicidad de las acciones del imputado por lo cual se genera lo que denomina “duda insuperable”

 Fuente: Justicia Córdoba

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