Autorizan la rectificación del género y nombre de un adolescente que había sido inscripto en el acta de nacimiento con el género femenino 

Judiciales 21 de septiembre de 2022
Así lo resolvió la jueza de Córdoba, Romina Soledad Sánchez Torassa al reconocer la madurez del adolescente para comprender el alcance de lo que estaba pidiendo. 
adolescente

La jueza Romina Soledad Sánchez Torassa, titular del juzgado multifuero de primera nominación de la localidad de Río Tercero, provincia de Córdoba, hizo lugar a la petición formulada por la madre de un adolescente para modificar en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas su nombre y género.  

La mujer se presentó en la justicia en nombre de su hijo solicitando la autorización para la rectificación registral de sexo y cambio de nombre.  

Según relató en el año 2005 entabló una relación con un hombre de la que nació dos años más tarde una niña. 

En diciembre de 2009 la mujer efectuó una denuncia por violencia familiar en contra de su pareja, estableciéndose la restricción respectiva, por orden judicial. Pese a ello, manifiestó que en diciembre de 2010 se realizó una propuesta para establecer un régimen comunicacional a favor del padre de la niña, lo cual nunca se cumplió ya que desapareció por completo. El progenitor configuró un abandono, puesto que durante 11 años nunca se supo de él.  

En su relato, la madre sostuvo que unos años atrás su hija comenzó a auto percibirse con el sexo opuesto al que nació, situación que se lo confesó en marzo del año 2021. En aquella oportunidad le explicó lo que venía  padeciendo al no poder contarlo, por miedo, vergüenza, prejuicios, etc.

Sin dudarlo lo aceptó y apoyó el cambio registral de sexo femenino por el masculino y el cambio del nombre, fundamentandolo en la Ley N° 26.743 (Ley de Identidad de Género), la Convención sobre Derechos del Niño y Ley 26.061 (Ley de Protección Integral de los Derechos De Las Niñas, Niños y Adolescentes) y los Principios de Yogyakarta, como así también en la Declaración Americana de los Deberes y Derechos del Hombre, Declaración Universal de Derechos Humanos, Declaración Americana sobre Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Resolución de la Organización de los Estados Americanos (OEA), AG/RES. 2435  

Por su parte, el padre reapareció solicitando al tribunal que, antes de expedirse sobre la autorización requerida, se lleven a cabo pericias interdisciplinarias para determinar cuál era la voluntad real de su hijo, con la finalidad de descartar que se trate de un acto de rebeldía o inmadurez propio de su edad.   

La pretensión fue rechazada por jueza Sánchez Torassa remarcando no solo en la ausencia del padre en la vida del adolescente, sino que, conforme a lo resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el procedimiento tendiente al reconocimiento de la identidad de género debe basarse en el consentimiento libre e informado de la persona que lo solicita, sin imponer el cumplimiento de requisitos abusivos ni someterlo a pericias médicas o psicológicas. 

Por último la magistrada se dirigió al adolescente, agradeciéndole al joven la valentía de llevar a cabo un proceso judicial, con todo lo que ello implica, para lograr tus sueños, demostrando carácter, voluntad y valor.

Causa: “M., D. B. Autorizaciones”. 

Fecha: 18 de julio de 2022. 

Resolución: Sentencia n.° 53. 

 

Archivos Adjuntos: 

https://www.justiciacordoba.gob.ar/JusticiaCordoba/Inicio/fileAdjunto.aspx?id=22429   

 Fuente: Justicia Córdoba

 

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