Condena histórica: 35 años de prisión por grooming

Judiciales 21 de diciembre de 2019
Es la pena mas alta aplicada en el país. El hombre sometió a 23 niñas y adolescentes a una violencia psicológica atroz.
Tribunal
MPF Río Negro.

En la provincia de Río Negro, un hombre fue condenado a 35 años de prisión por los delitos de grooming, corrupción de menores, amenazas, coacción, distribución, tenencia y producción de imágenes de abuso sexual infantil. La acusación la sostuvo el fiscal Martín Govetto.

Los magistrados lo declararon autor penalmente responsable por los 23 hechos objeto de la acusación, de manera unánime.

Además se prorrogó la medida cautelar de prisión preventiva por el término de un año, y el hombre continuará detenido en un establecimiento penal de la provincia.

En la investigación, intervinieron distintas áreas técnicas dependientes de la Procuración General; la Oficina en Investigación en telecomunicaciones (OITEL), la Unidad Operativa para la investigación. También participaron profesionales de la OFAVI y el equipo de trabajo de la Unidad Fiscal a su cargo que forman parte del Ministerio Público Fiscal. Se agregan a ellos los profesionales del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial, entre otros.

Los delitos fueron cometidos en contra de jóvenes, niñas y adolescentes de Bariloche, diferentes lugares de Argentina y otros países.

El hombre las habría contactado a través de mensajes de Whatsapp, Facebook e Instagram. Y posteriormente, requería que le enviaran imágenes y videos desnudas, lo que efectivamente ocurrió, llegando a coaccionarlas.

El tribunal, conformado por Bernardo Campana, Ricardo Calcagno y Romina Martini, tuvo en cuenta agravantes, dado que si bien no las tocó; la magnitud de la violencia psicológica que ejerció sobre cada una de sus víctimas, fue atroz.

En este sentido, esta situación de violencia psicológica en las conversaciones pudo verse durante el debate, así como también la radical desigualdad de poder que ejerció y la especial prolongación en el tiempo.

Los magistrados señalaron que en algunos casos la situación se prolongó por varios meses, sometiendo a las adolescentes a un permanente control, al deber de responder y de que estaban haciendo.

Las víctimas vivieron sojuzgadas a la voluntad del imputado, con la amenaza de ser escrachadas antes sus familiares y amigos, en caso de que no cumplieran con sus exigencias.

Asimismo, se consideró como agravante la multiplicidad de adolescentes y la enorme extensión del daño sufrido por las víctimas.

Por último, se tuvo en cuenta el vínculo personal con varias de sus víctimas adolescentes, de las cuales tenían información previa.

La defensa particular del acusado hizo reserva de impugnación de esta sentencia y de la medida cautelar.

Fuente: MPF Río Negro.

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