Histórico: Se puso en marcha el primer juicio por jurados en Río Negro

Judiciales 03 de marzo de 2020
Doce ciudadanas y ciudadanos deberán decidir acerca de la culpabilidad o no de una mujer por el homicidio de su pareja.
Juicio Por Jurados Río Negro

En la provincia de Río Negro, 12 ciudadanas y ciudadanos escucharon las instrucciones del juez Marcos Burgos y los alegatos del fiscal en jefe Martín Lozada y del defensor Hugo Cancino, dando lugar así a un paso histórico de la provincia en su sistema procesal penal, el juicio por jurados.

Fue aprobado con el nuevo Código Procesal de Río Negro como una de las iniciativas de avance en la democratización del Poder Judicial. Tras un arduo trabajo organizativo durante más de un año, que incluyó, entre otros, formaciones a través de la Escuela de Capacitación, adecuaciones edilicias y cuestiones logísticas, se logró llegar a esta instancia.

La puesta en marcha, se enmarca en un juicio que procura determinar la culpabilidad o no de una mujer por el homicidio de su pareja, ocurrido en junio del año pasado.

Serán aproximadamente tres jornadas, en el auditorio del Poder Judicial en Bariloche, donde el jurado deberá prestar atención a los testimonios de testigos y peritos.

En los alegatos de apertura, donde se expone la teoría del caso ante el tribunal, la fiscal interviniente sostuvo que procurará probar durante el debate que la imputada es la autora del homicidio, perpetrado con un arma blanca. Por su parte, la Defensa aseguró que intentará probar que no tuvo participación en la muerte.

Cuando finalice el debate, el jurado pasará a deliberar en una sala específica, hasta arribar a un veredicto.

Es importante señalar que para dictar culpabilidad, deberán coincidir al menos 10 de los 12 jurados, ya que de lo contrario, será declarada no culpable.

Otras características de los jurados:

Se utilizan para los delitos más graves y siempre que el fiscal anticipe que pedirá una pena mayor a 12 años de prisión. En caso de que la pena sea menor, será ante los jueces profesionales.

No necesariamente deben saber derecho, por lo que el juez les explica los aspectos jurídicos del caso.

En este sentido, no podrían ser jurados abogados, funcionarios públicos, auxiliares de justicia, los miembros activos de seguridad ni los referentes religiosos.

Fuente: MPF Río Negro.

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