Casi dos millones por no respetar la prioridad de paso

Judiciales 08 de octubre de 2020
El conductor de la camioneta no respetó la prioridad de paso y provocó el incidente. Deberá indemnizar por las lesiones a una motociclista que iba con su hijo menor de edad.
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La Justicia de Cipolletti condenó al conductor de una camioneta que no respetó la prioridad de paso e impactó a una motociclista. A raíz del incidente, la mujer terminó con varias lesiones. Por ello, el tribual que intervino en la apelación fijó el monto del resarcimiento en 1.783.231,45 de pesos.

El conductor de la camioneta se dirigía por la calle San Martín, mientras que la motociclista iba por calle Sarmiento y tenia prioridad de paso.

En la primera instancia quedó probado que el conductor de la Fiat Strada no respetó la prioridad de paso y provocó el incidente.

Como consecuencia del impacto la damnificada, que iba en la moto con su hijo menor de edad, padeció traumatismo de cráneo y de miembro superior izquierdo, rotura de ligamentos coracoclavicular e intervención quirúrgica traumatológica, además de fractura de costillas 3º, 5º, 6º y 7º del lado izquierdo.

En primera instancia se analizó la responsabilidad objetiva que tuvo el conductor de la Fiat Strada como dueño o guardián de una “cosa riesgosa”. Esa teoría del riesgo conjugada con los requisitos que la Ley 24.449 de Tránsito permitió concluir que “el comportamiento del demandado importó una conducta contraria a la normativa, que configura una grave violación a los deberes de prudencia, y consecuentemente le cabe responder por los daños causados, y a la citada en garantía en la medida del seguro”, surge de la sentencia.

Que dice la Ley de Tránsito

El artículo 41 de la Ley de Transito establece que todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha. Esta prioridad del que viene por la derecha es absoluta.

En la apelación, el tribunal analizó los distintos planteos de las partes y terminó por resolver el monto final de la indemnización que es de 1.783.231,45 de pesos.

Fuente: Poder Judicial de Río Negro.

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