Deberán pagar los honorarios de los abogados más allá del resultado

Judiciales 04 de enero de 2021
Habían contratado un estudio de abogados para demandar a una empresa constructora, pero en medio de las gestiones las partes arribaron a un “acuerdo privado”, negándose a pagar a los letrados. Tras un fallo de la Justicia, deberán abonarle honorarios al estudio.
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En la ciudad rionegrina de Cipolletti, dos clientes que habían contratado un estudio de abogados para demandar a una empresa constructora se negaron a pagarles. Se dio en medio de las gestiones, cuando las partes involucradas en el conflicto arribaron a un “acuerdo privado” y desistieron de la intervención de los letrados.

Ahora, un fallo de la Justicia civil de primera instancia resolvió que los dos clientes tendrán que pagarles a los abogados la suma de 280.550 pesos en concepto de capital por servicios profesionales.

El principio de la “onerosidad” de sus servicios

La resolución sostiene que el principio que rige la actividad profesional del abogado, sea judicial o extrajudicial, es el de “onerosidad” de sus servicios. En este sentido, tal como lo establece la ley de aranceles, “la actividad profesional de los abogados y procuradores se presume de carácter oneroso, excepto en los casos en que conforme excepciones legales, pudieren o debieren actuar gratuitamente".

Los clientes habían comprado dos departamentos y cuando los terminaron de pagar la empresa constructora realizó un reajuste, modificó el precio e incrementó la deuda. Posteriormente, contrataron al estudio de abogados para demandar a la constructora.

Los abogados realizaron reuniones con intenciones conciliatorias, enviaron correos electrónicos, cartas documento y hasta una mediación pre judicial, pero no obtuvieron respuesta alguna de los representantes de la empresa.

Llegó el día de la audiencia 

Los abogados se presentaron el día que estaba fijada la audiencia de mediación, pero recibieron un llamado de sus clientes en el que les informaron que habían llegado a un “acuerdo privado” con la constructora y que querían “echarse para atrás”. 

Luego, les revocaron el poder que les habían otorgado para llevar adelante las gestiones. 

Consecuentemente, los letrados iniciaron un proceso civil para poder cobrar sus honorarios por los trabajos realizados a lo largo de un año.

En un fallo que aún no está firme porque puede ser apelado, la Justicia les dio la razón a los profesionales del derecho, y los clientes deberán pagarles 280.550 pesos en concepto de capital por servicios profesionales.

Fuente: Poder Judicial de Río Negro-Comunicación Judicial.

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