Un fallo aumentó cuota alimentaria y reafirmó el derecho de los hijos a conservar el nivel de vida tras la separación de los padres 

Judiciales 05 de enero de 2021
Para el tribunal los niños tienen derecho a mantener un nivel de vida similar en el caso de las parejas separadas. Se comprobó que en la casa de la mamá cuentan con recursos y comodidades significativamente menores que las que tienen en la del padre. 
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La Justicia de Cipolletti decidió que un padre de dos niños de ocho y diez años deberá aumentar la cuota alimentaria que aporta mensualmente, tras haberse comprobado que en la casa de la mamá los hijos cuentan con recursos y comodidades significativamente menores que las que tienen en su vivienda. 

El tribunal consideró que los niños tienen derecho a mantener un nivel de vida similar en el caso de las parejas separadas. Cabe destacar que los niños pasan igual cantidad de tiempo tanto con la madre como con el padre. 

Se aplicó el art. 666 C.C.yC. 

A la hora de resolver, el tribunal partió de lo establecido por el artículo 666 del Código Civil y Comercial, que establece que si los recursos de los progenitores no son equivalentes, aquel que cuenta con mayores ingresos debe aportar una cuota alimentaria al otro, para que el hijo goce del mismo nivel de vida en ambos hogares. 

La cuota se incrementó al 40% de un salario mínimo 

Para la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y de Minería de Cipolletti, la decisión del incremento de cuota a favor de los niños fue acertada. En este sentido, el valor se fijó en el 40% de un salario mínimo, vital y móvil, con efecto retroactivo. 

Respecto al nivel de vida, se evaluó el hecho de que la madre vive en una pequeña construcción en el mismo predio donde está la casa de sus padres. Y como el espacio no alcanza, sus hijos mayores duermen en la vivienda de sus abuelos. 

Además, inicialmente la madre se quedó sin trabajo, aunque luego consiguió otro empleo sólo por dos horas diarias y con un salario mínimo. Asimismo, para tener otro ingreso, prepara comidas para vender 

En cambio, el padre tiene un trabajo estable y alquila una vivienda con 3 habitaciones, 2 baños, lavadero y garaje, con espacio destinado para juego de los niños. En esa vivienda los dos hermanos cuentan con una habitación que comparten, ambientada a sus gustos e intereses. 

El régimen de cuidado personal acordado 

El acuerdo consiste en que los hijos pasen cinco días con el padre y otros cinco con la madre. Sin perjuicio de los demás costos fijos que afronta el padre y que hacen a aspectos centrales de la vida de los niños (medicina prepaga, escolarización y actividades deportivas), el fallo reconoce el derecho de los hijos a percibir una cuota alimentaria equivalente al 40% de un salario mínimo, vital y móvil, y de este modo procurar una mayor igualación en el modo de vida que llevan en ambos hogares.   

Fuente: Poder Judicial de Río Negro-Comunicación Judicial. 

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