Drogas y abandono: Tres niñas fueron dejadas bajo la tutela de su abuela

Judiciales 11 de junio de 2019 Por FABIANA LLORENTE
Multiplicó esfuerzos para incorporarlas, alimentarlas, hacerlas estudiar, brindarles un hogar y crear un lazo afectivo recíproco.
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En la provincia de Salta, tres niñas fueron dejadas bajo la tutela de su abuela tras el abandono de sus progenitores. La Defensora Oficial Civil N° 2, Zulema Guerrero, que patrocinó a la mujer, había planteado la imperiosa necesidad de estas niñas de ser tuteladas para su desarrollo integral, a la cual el Juzgado de 1era Instancia en lo Civil, de Personas y Familia N° 6 hizo lugar.

Esta causa inicio luego de que a la abuela le surgieran complicaciones para inscribir a las niñas al colegio, por no contar con la documentación que avalara que es ella quien realmente ejerce el rol de madre.

Las niñas, que habían sido dejadas a su exclusivo cuidado, pasaron a integrar un numeroso grupo familiar que multiplicó sus esfuerzos para incorporarlas, alimentarlas, hacerlas estudiar, brindarles un hogar y crear un lazo afectivo recíproco.

Desde la Justicia, se tuvo en cuenta la defensa del interés superior de las niñas, y sus opiniones fueron escuchadas. En este sentido, la relación inexistente con su madre se patentizó en el trámite judicial cuando en una audiencia la niña más pequeña no pudo reconocerla a través de fotos que se le exhibieron.

Respecto a la dura historia de las niñas, dos de ellas son hijas de un padre y la tercera de otra relación, ambos progenitores las abandonaron. En cuanto a la madre, que se encuentra actualmente en situación de calle, padece una adicción a las drogas que la convirtió en una persona violenta y conflictiva.

En la sentencia, el juez de 1era Instancia en lo Civil, de Personas y Familia N° 6, Daniel Juan Canavoso, mencionó que “la tutela es una institución subsidiaria cuya finalidad es la protección de la niñez durante su tránsito hacia la etapa adulta, sea en su aspecto personal como en el patrimonial, cuando el niño, niña o adolescente no tengan persona/s que ejerza/n para ellos la responsabilidad parental”.

Además, explicó el magistrado que “la tutela cumple las siguientes funciones: cuidado de la persona, cuidado de los bienes y representación de origen legal consistente en designar judicialmente a otra persona idónea, en este caso al tutor, para que realice en nombre y cuenta de la persona tutelada menor de edad (…) los actos jurídicos convenientes para su cuidado y para la gestión de su patrimonio”.

Por su parte, la Defensora General, María Inés Diez, manifestó que “este es otro pronunciamiento judicial en el cual la Justicia advierte y resuelve teniendo en cuenta realidades sociales que impactan y con la que se convive.”

Fuente: MPDSalta.

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