La Corte Suprema dejó firme una multa aplicada a la empresa ARCOR

En la Provincia del Chaco, una consumidora realizó una denuncia luego de encontrar una pieza dentaria en el interior de una barra de cereal. Por ello, fueron sancionados en los términos de la ley de defensa del consumidor, tanto a la mencionada compañía, en su condición de fabricante del producto, como al vendedor y al distribuidor de dicha mercadería.
La empresa, tras no obtener un pronunciamiento favorable en la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Única Instancia de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia del Chaco, y posteriormente en el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco, interpuso un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El Superior Tribunal de Chaco había entendido que la aparición de un elemento extraño dentro del envoltorio de una barra de cereal solo podía válidamente imputársele al fabricante, en tanto la anomalía únicamente pudo generarse en el proceso de elaboración de la mercadería.
Por su parte, el máximo tribunal, con la firma de los doctores Highton de Nolasco, Lorenzetti y Rosatti, resolvió desestimar el recurso de queja interpuesto por ARCOR Sociedad Anónima Industrial y Comercial.
Tras este pronunciamiento, la Corte dejó firme el pronunciamiento del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco que había confirmado, exclusivamente con relación al fabricante del producto, la multa impuesta.
Fuente: CIJ.