Ocurrió en la Provincia de Río Negro, fueron multadas por infracciones a la ley de Defensa del Consumidor.
Desde el área de Consumidores y Usuarios de la Defensoría bonaerense emitieron recomendaciones para tener en cuenta a la hora de realizar las compras y evitar cualquier tipo de problemas.
Había pagado la primera cuota de un auto y un depósito para reservarlo, pero fue incluido sin su consentimiento en un plan de 120 cuotas que nunca autorizó.
La mujer había adquirido una notebook y abonó una extensión de la garantía oficial. Tanto la cadena de electrodomésticos como la aseguradora ignoraron los reclamos por el aparato fallado.
Las mujeres quedaron varadas en un tramo de su viaje a Europa por un error en las reservas y ahora la empresa deberá devolverles la suma que gastaron de emergencia para poder tomar otro vuelo y “salvar” el viaje, además de una indemnización por daño moral y punitivo.
La empresa actuó “con absoluto desprecio por los bienes y derechos de la asegurada” ante sus reclamos. La relación era una típica relación de consumo, por lo que el fallo definió que ser una “empresaria de la fruta” no la dejaba fuera del concepto de “consumidora” protegido por la ley.
La maderera afectada recurrió a Defensa del Consumidor que le impuso una multa a la empresa de videovigilancia. Tras apelar la resolución, la Cámara Civil confirmó la decisión adoptada.
La Secretaría de Comercio Interior imputó a Pura Intimates & Swimsuits por presunta vulneración del deber de información e incumplimientos en el plazo de entrega.
Tras no encontrar una solución, la mujer llevó su caso ante la Justicia, que determinó una indemnización en favor de ella.
La Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor porteña había sancionado a la empresa con una multa de 20 mil pesos por infracción a los artículos 46 de la Ley Nacional de Defensa al Consumidor y 17 de la Ley 757
Esta nueva categoría de consumidores incluye, entre otras, a personas que estén en situaciones de vulnerabilidad por su edad, género, estado físico o mental.
Según la imputación de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, la empresa violó la ley por realizar anuncios que inducen al engaño y la confusión.