Indemnizan por daño moral a pareja que perdió un embarazo en siniestro vial

En la Provincia de Río Negro, una mujer embarazada de 9 semanas perdió a su bebé tras un fuerte choque que sufrió en la zona céntrica de Lamarque. El hecho, que ocurrió en 2018, tuvo como protagonistas a una mujer que conducía un auto y a un hombre que la impacto con su camioneta.
La Justicia de primera instancia atribuyó la completa responsabilidad civil al conductor de la camioneta, que no respetó la prioridad de paso.
Cabe destacar que la decisión judicial fue aceptada por el hombre y su compañía aseguradora, que presentaron un acuerdo integral de pago para indemnizar no sólo a la mujer sino también a su pareja, quien era el padre del bebé por nacer.
Pericia accidentológica
Se determinó que la mujer, quien conducía un auto, tenía prioridad de paso porque circulaba por la derecha. En este contexto, la camioneta emprendió el cruce de la encrucijada en exceso de velocidad y ella accionó a fondo el freno, sin poder evitar el impacto. Tras la colisión, el auto derrapó, hizo un violento giro y terminó en el carril contrario.
Quedó acreditado que el hombre circulaba “en forma imprudente, violando el deber de cuidado que se debe al conducir un rodado”. Por esta razón, se le atribuyó la responsabilidad civil tanto a el como a su aseguradora.
Luego del choque, la mujer fue trasladada al hospital, donde le realizaron una ecografía, y al día siguiente recibió el alta con reposo domiciliario. Pero tres días más tarde se confirmó que el embarazo que cursaba se había interrumpido, por lo que debió ser internada e intervenida en el hospital de Choele Choel.
La pericia médica, según resolvió en su fallo la titular del Juzgado Civil de Choele Choel, fue suficiente para “tener por acreditado que el accidente de tránsito fue el hecho generador de la interrupción del embarazo (…), sumado a que la parte demandada no ha alegado ni acreditado patología previa a la ocurrencia del evento o posterior que pudiera haber sido causa de la interrupción de la gestación”.
El daño moral
La pareja demandó al conductor y al seguro principalmente por el daño moral derivado de la pérdida del bebé. “No puede dudarse en el caso respecto de la configuración del daño, siendo insuficientes las menciones que pueden hacerse cuando se pretende tratar de volcar en palabras la extensión del sufrimiento ante la irreparable pérdida”, argumentó la jueza.
Pericial psicológica
el siniestro afectó la salud psíquica del hombre y dejó secuelas traumáticas irreversibles en la mujer, según las pericias psicológicas realizadas. "Desde el punto de vista del daño moral (…) es la muerte de un hijo, no la desaparición de algo o parte de las entrañas maternas”, por lo que “poco importa que no haya nacido o el tiempo gestacional para advertir que el detrimento espiritual es siempre grave”, fundamentó.
Otros rubros reconocidos
La sentencia reconoció la “pérdida de chance de ayuda futura” y los daños materiales del auto, que fueron económicamente significativos.
Por último, el hombre y la aseguradora aceptaron la sentencia y presentaron ante la Mesa de Entradas de Escritos Digitales un acuerdo de pago integral con la familia, que ya fue homologado por la jueza y comenzó a cumplirse en los términos pactados.
Fuente: Poder Judicial de Río Negro.