“Tener relaciones ocasionales, aunque sea una sola vez, trae consecuencias”

Judiciales 20 de octubre de 2022
Así lo sostuvo un juez Civil y Comercial al condenar a un empresario por tardar 38 años en reconocer a su hija
Tribunales Bell Ville
Tribunales Bell Ville

Córdoba.- El juez Eduardo Pedro Bruera, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial de 3° Nominación de Bell Ville, resolvió condenar a un empresario a pagar la suma de 13 millones de pesos, más intereses, en concepto de indemnización por daño moral y pérdida de chance (actual y futura) por reconocer a una hija biológica 38 años después de su nacimiento.

Lo hizo ante el Registro Civil de esa localidad recién cuando fue notificado en 2019 de una demanda de filiación y se sometió a una prueba de ADN que demostró su paternidad.

En la sentencia se dió por probado que el progenitor sabía de su existencia desde que fue concebida. Había mantenido relaciones íntimas con su madre, en el tiempo en que ella trabajaba en un club social al que el frecuentaba.

El magistrado afirmó que la demandante se vio privada del aporte económico, especialmente en los primeros años de su vida, circunstancia que provocó un impacto negativo en las probabilidades de una mejor calidad de vida, a diferencia de la que le brindó a sus hijos biológicos.

Sostuvo que existió violencia de género en perjuicio de la madre y la hija extramatrimonial no reconocida, que se vieron reflejadas en el destrato, desinterés y falta de cumplimiento de sus obligaciones paterno-filiales.

También remarcó que el destrato, el desinterés y la falta de cumplimento de sus obligaciones paterno-filiales han configurado “actos de violencia” económica y psicológica, “no solo frente a la actora, sino también frente a la progenitora”.

El fallo de Bruera es a todas luces ejemplificador, y deja un mensaje categórico al sostener que tener relaciones ocasionales –aunque sea una sola vez- trae consecuencias; que si de alguna relación surge un embarazo ello genera responsabilidades; y que en este caso hubo violencia de género en la conducta del demandado al negar a su hija un derecho humano como es la identidad y todas las consecuencias que ello apareja.

Causa: “Z., J. M. c/ C., R. A. – Ordinario - Daños y perjuicios. Otras formas de responsabilidad extracontractual”.
Fecha: 16 de septiembre de 2022.
Resolución: Sentencia n.° 36.

 

https://www.justiciacordoba.gob.ar/JusticiaCordoba/Inicio/fileAdjunto.aspx?id=22447 

Fuente: Justicia Córdoba

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