Excepción a la regla: Cuando la prioridad de paso se pierde al ingresar a una calle asfaltada desde una de tierra

Judiciales 26 de mayo de 2021
Así lo resolvió la justicia Civil de Cipolletti al sostener en un fallo que si bien el conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha, la prioridad se pierde cuando se desemboca desde una vía de tierra a una pavimentada.
calle de tierra

La justicia civil de Cipolletti condenó a una conductora de un Ford Fiesta por no respetar la prioridad de paso en una encrucijada. A consecuencia de su maniobra indebida, una motociclista fue embestida y sufrió fractura en la rodilla derecha. 

El fallo de primera instancia concluyó que la demandada, al no mantener el pleno dominio de su rodado, se volvió un factor de obstrucción a la circulación de la motociclista por su conducción antirreglamentaria. 

Indemnización 

La justicia condenó a la conductora del coche, su titular registral y la compañía de seguros, a indemnizar a la motociclista por la suma de 659.578 pesos más intereses, ya que a consecuencia del impacto padeció una fractura de la rótula de la rodilla derecha con una incapacidad laboral del 21%. Cabe destacar que para calcular el monto indemnizatorio se tuvo en cuenta el daño físico, el daño moral, la asistencia médica y el tratamiento psicoterapéutico. 

Artículo 41 de la ley de Tránsito 

La sentencia afirmó que la ley de Tránsito N° 24.449, en su artículo 41, establece que si bien la regla es que el conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha, la prioridad se pierde cuando se desemboca desde una vía de tierra a una pavimentada. 

En el caso, el auto circulaba por la calle Homero Manzi que es de ripio y la moto lo hacía por Manuel Estrada, asfaltada.  

“Resulta innegable que el Ford Fiesta conducido por la accionada no respetó la obligación de detenerse previo a su ingreso a la vía asfaltada Manuel Estrada, o de haberlo hecho retomó su marcha sin corroborar que no viniera alguien circulando por la vía en la que se introduciría. Siendo así, la pericia cumplida en autos aparece concordante con las pruebas de la causa y su solvencia nace a partir de la interpretación pericial de los hechos a la luz de la fuente indiciaria, que menciona el perito en cada uno de los puntos de su informe y escrito aclaratorio”, surge del fallo. 

Fuente: Poder Judicial de Río Negro-Comunicación Judicial.  

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