La Cámara Federal de Casación Penal revocó la prisión domiciliaria de Miguel Etchecolatz
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, dispuso revocar la prisión domiciliaria a Miguel Osvaldo Etchecolatz, haciendo lugar a la solicitud de la fiscal María Ángeles Ramos -de la Unidad de Asistencia en Causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado- y la querella encabezada por Pablo Llonto.
En la audiencia participaron la fiscal Ramos, el titular de la Fiscalía General N°3 ante la Cámara Federal de Casación Penal, Ricardo Wechsler, los representantes de las querellas Pablo Llonto y Rodolfo Yanzón y la Sala IV integrada por los jueces Mariano Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos
Cabe recordar que el día 27 de diciembre del año pasado, el Tribunal Oral Federal N°6 de la Capital Federal tomo una polémica decisión, ya que le concedió la prisión domiciliaria al imputado de crímenes de lesa humanidad.
Etchecolatz(88), ex comisario de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, es juzgado –junto a otros siete ex integrantes de la Policía Bonaerense- por su presunta participación en nueve homicidios doblemente agravados por alevosía en concurso premeditado de dos o más personas y en noventa y nueve privaciones ilegales de libertad agravadas por mediar violencia o amenazas y tormentos, los cuales constituyen crímenes de lesa humanidad en perjuicio de 125 víctimas que pasaron por los centros clandestinos de detención que funcionaron en la División Cuatrerismo de La Matanza y en la Comisaría 1era de Monte Grande.
La fiscal Ramos sostuvo que la resolución del Tribunal Oral Federal N°6 era nula por adolecer de una aparente fundamentación y sustentarse en una interpretación errónea y parcial de las constancias reunidas en el legajo. Asimismo, destaco la “gravedad institucional”, ya que se encontraba “en juego la responsabilidad internacional del Estado Argentino”.
Agregó que se encontraban “en tensión, por un lado, los derechos de las víctimas y la realización de la justicia y, por otro, los derechos del imputado, su cuidado y resguardo de su persona”. Además, señaló que, al conceder el beneficio, “los magistrados sólo seleccionaron partes de los dictámenes médicos y tergiversaron las conclusiones a fin de avalar sus posturas”.
El camarista Gemignani expreso su rechazo, señalando que “si bien es cierto que, en causas como la que nos ocupa, no puede perderse de vista la gravedad del contexto y de los hechos que caracterizaron el funcionamiento de la maquinaria estatal de represión y aniquilamiento de los elementos subversivos durante el último golpe institucional en nuestro país, y el imperativo internacional consistente en que sus responsables sean juzgados y sancionados, lo cierto es que ello no puede jamás conllevar la supresión de los derechos y garantías que le asisten a todo imputado o una interpretación diferente y más perjudicial a los intereses del encausado a la legalmente establecida. De lo contrario, se incurriría en una fragante violación a los principios constitucionales de legalidad formal, máxima taxatividad interpretativa, in dubio pro reo, pro homine, entre muchos”.
A su turno, el juez Borinsky consideró que debía revocarse la prisión domiciliaria de Etchecolatz. En tal sentido, sostuvo que la edad del imputado “no justifica la concesión automática de la prisión domiciliaria”. Señaló, en concordancia con los recurrentes, que de los informes presentados por los especialistas médicos consultados “no se advierte impedimento alguno para que el nombrado permanezca en un establecimiento penitenciario, recibiendo la atención médica, el tratamiento y los controles que sean necesarios para atender sus patologías”.
Por su parte, el juez Gustavo Hornos se expidió en igual sentido que su colega Borinsky, y destacó que “el otorgamiento de la prisión domiciliaria es una decisión jurisdiccional que no puede tomarse de una manera automática o irreflexiva mediante la exclusiva invocación de que concurre en el caso alguno de los presupuestos legales que, en principio, habilitan su concesión”.
Al igual que su colega, coincidió en que “en la resolución impugnada se ha efectuado una irrazonable y arbitraria valoración de las conclusiones citadas ut supra a las que arribó el mencionado cuerpo especialista. Conclusiones que evidenciaban las posibilidades con las que cuenta Etchecolatz para permanecer detenido dentro de un establecimiento penitenciario, recibiendo la debida atención, tratamientos y controles que resultan necesarios para su patología”.
Fuente: Fiscales.gob.ar