Se promulgó la ley que limita las excarcelaciones y salidas anticipadas o transitorias por delitos graves
Tras la sanción de la ley 27.375 por parte de la Cámara de Diputados el 5 de julio pasado, el Gobierno Nacional la promulgó a través del Decreto 573/2017 publicado en el Boletín Oficial con las firmas del Presidente de la Nación, Mauricio Macri; del jefe de Gabinete, Marcos Peña; y del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano.
Es modificatoria de la ley 24.660 del régimen Ejecución Penal y fue aprobada con el voto a favor de 170 diputados nacionales y tuvo 8 votos en contra y 7 abstenciones.
A partir de ahora quedarán limitadas las excarcelaciones y salidas anticipadas o transitorias en aquellos delitos considerados graves, lo que significa que deberán cumplir su condena en forma completa en prisión.
La normativa comprende a todos aquellos que hayan incurrido en delitos contra la integridad sexual; a los que promuevan la privación ilegal de la libertad coactiva seguida de muerte intencional de la víctima; o sean partícipes de robo seguido de muerte o con armas de fuego.
También quedan incluidos los condenados por tortura seguida de muerte; secuestro extorsivo con deceso de la víctima, financiamiento del terrorismo y trata de personas.
Todos ellos no podrán recibir el beneficio de la prisión discontinua o semi detención, ni el de la libertad asistida.
Por último se establece que la decisión sobre el otorgamiento de salidas anticipadas será atribución del juez de ejecución penal, poniendo así un límite a las facultades del Servicio Penitenciario
Fuente: Prensa Casa de Gobierno