La Defensoría del Pueblo de la Nación exhortó que se aplace el apercibimiento de suspensión del pago de pensiones no contributivas  

Sociedad 14 de mayo de 2019 Por EXPRESOJUDICIAL
Lo hizo hasta tanto no se garantice que los establecimientos de salud reciban la debida instrucción para la confección del Certificado Médico Oficial Digital.
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La Defensoría del Pueblo de la Nación recibió numerosas consultas y reclamos a raíz de la decisión de la Dirección Nacional de Apoyos y Asignaciones Económicas de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) de notificar a aquellas personas que sufren discapacidades, sobre el procedimiento de actualización de su condición médica de invalidez laboral y de emplazarlos a cumplimentar el trámite en el Establecimiento de Salud Oficial más cercano a su domicilio, en el plazo de 60 días, prorrogado por 30 días más. Todo elsto bajo apercibimiento de proceder a la suspensión del pago de la pensión no contributiva que perciben.

Ante ello, quienes fueron intimados, se acercaron a las Salas u Hospitales públicos, pero se encontraron que en esos lugares desconocían el trámite por el que recurrían, ni contar con medios o elementos necesarios para formalizar el trámite digital.

Esta situación llevo a que la Defensoría dictara una resolución en la cual se hizo referencia a la “responsabilidad del Estado por sus actos propios en el accionar, que desarrolla en el ámbito de sus relaciones con los particulares”, como así también a la necesidad de proveer protección especial y garantía de respeto de los derechos humanos a ese grupo vulnerable.

 

Fuente: Comunicado de la Defensoría del Pueblo de la Nación

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