Los Metrodelegados, por ahora, sin personería gremial
La Corte Suprema dejó firme un fallo de la Sala II de la Cámara Nacional del Trabajo que dejó sin efecto la resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del 26 de noviembre de 2015 que había otorgado la personería gremial a la Asociación Gremial de Trabajadores del Subterráneo y Premetro.
El sindicato de los denominados "metrodelegados" había iniciado un trámite administrativo para que se le concediera la personaría gremial por entender que se cumplía con el requisito de ser la entidad gremial más representativa de su actividad.
La Unión Tranviarios Automotor (UTA), que era la que hasta ese momento contaba con esa personería, denunció que no se había procedido conforme lo establecía la ley 23.551 de asociaciones sindicales, por cuanto no se le había dado la participación necesaria en dicho trámite pese a ser la entidad gremial que ya contaba con ella.
Al no tener respuesta favorable de parte de la cartera laboral, y otorgarle la personería a los "metrodelegados", la UTA recurrió a la Justicia.
Llegado el expediente a la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, esta entendió que efectivamente el Ministerio no había dado la debida intervención a la UTA, por lo que se había vulnerado su derecho a la defensa.
Además el tribunal concluyó que en las actuaciones administrativas no se cotejó, con las garantías necesarias, que la Asociación Gremial de Trabajadores del Subterráneo y Premetro fuera la más representativa, es decir que tuviera mayor cantidad de afiliados que la UTA.
Ante ello, resolvió dejar sin efecto el otorgamiento de la personería gremial pero dejando en claro que ello no significaba de manera alguna adelantar una opinión sobre la cuestión de fondo, que debería ser decidido nuevamente por el Ministerio, al cual se le remitió el expediente para que el procedimiento finalice y se respeten las garantías de defensa en juicio y legalidad.
Fuente: Centro de Información Judicial
La Corte con la firma de la Jueza Elena Highton de Nolasco y de los Jueces Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, desestimó la apelación interpuesta por los "metrodelegados" por entender que el fallo de cámara no constituye una decisión definitiva sobre el tema de la personería gremial.