Enterate de la importancia que tienen los Registros de Deudores Alimentarios Morosos. Hacé valer tus derechos.

Sociedad 05 de febrero de 2018 Por LUIS A. HERRERA
¿Sabías que si el deudor de una cuota alimentaria es incluido en ellos, no podrá realizar trámites en organismos públicos hasta que regularice su situación?
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En la provincia de Buenos Aires, como en otros distritos del país, existe un Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM). Este  fue creado por la Ley 13.074 y comenzó a funcionar a mediados del año 2004.

Tiene por objeto registrar, mediante orden judicial y previa intimación de pago,  a toda aquella persona que se encuentra obligada  al pago de alimentos, por sentencia firme o por convenio homologado judicialmente, y que adeude determinado número de cuotas (tres cuotas consecutivas o cinco alternadas).

También tiene la función de expedir certificados de “libre deuda” o no, conforme conste registrado o no como deudor alimentario moroso.

Es muy útil su vigencia dado  que al deudor moroso, las instituciones y organismos públicos oficiales, provinciales o municipales, no le darán curso a operaciones bancarias como la obtención de créditos, tarjetas de crédito o apertura de cuenta corriente, entre otras.

Tampoco se le otorgará o renovará la licencia de conducir. No podrá obtener  habilitaciones para la apertura de comercios y/o industrias, ni concesiones o permisos. Y no podrá participar en licitaciones.

Para inscribir a quien incumple reiteradamente con su obligación de pagar alimentos, el acreedor de la cuota alimentaria  deberá gestionar ante el juez de la causa, que se ordene mediante oficio la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Por su parte el deudor que haya regularizado su situación podrá gestionar el levantamiento posterior. La registración quedará cancelada de oficio, por el mero vencimiento del término de 5 años, si antes no se reinscribiera (art. 24° Dto. 340/04).

El certificado de Libre Deuda, solicitado por quien se puso al día con su obligación de pago de la cuotas alimentarias, lo extiende el Ministerio de Justicia de la provincia de Buenos Aires, donde funciona el Departamento de Deudores Alimentarios Morosos. Su validez es por 60 días corridos.

A partir de marzo próximo, ese  trámite se deberá gestionar exclusivamente vía web ingresando a www.gba.gob.ar/justicia ,

Una vez que el interesado complete los datos que se le soliciten, podrá imprimir el cupón de pago y abonarlo en cualquiera de los lugares de pago habilitados por Provincia Net.

El importe de la tasa es de $88,00 por cada persona cuyo informe de deuda se solicite.

Una vez abonado, dentro del plazo de tres días hábiles, recibirá el informe en su casilla de mail.

Consultas al teléfono 0800-333-RDAM (7326) o por mail: [email protected]

 Fuente: Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires

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